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Por Hijo Acogido a Cargo Imprimir E-Mail

bebe15.jpgSOLICITUD DE PRESTACIONES ECONÓMICAS POR HIJO O MENOR ACOGIDO A CARGO.

Prestación periódica por tener a su cargo hijos menores de 18 años, menores en acogimiento familiar, permanente o preadoptivo, o mayores con un grado de minusvalía igual o superior al 65 %

Requisitos:

  • Residir en España
  • Tener a cargo: hijos menores de 18 años o mayores afectados por una minusvalía en grado igual o superior al 65 %, menores acogidos, en acogimiento familiar, permanente o preadoptivo
  • No superar el nivel de ingresos establecido de 9.091,99 euros. La cuantía se incrementa en un 15 % por cada hijo a cargo a partir del segundo, incluido éste
  • Si es familia numerosa: no superar el nivel de ingresos de 15.500,63 euros en los supuestos en que concurran 3 hijos a cargo; se incrementará en 2.510,67 euros por cada hijo a cago a partir del cuarto, incluido éste
  • En caso de minusvalía no se tendrá en cuenta el nivel de ingresos
  • No tener derecho ni el padre ni la madre a prestaciones de este tipo en cualquier otro régimen público de protección social

Inscripción:

  • Solicitud: Centros de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS)

Importe

  1. HIJOS MENORES DE 18 AÑOS:
    NO MINUSVÁLIDOS: 291 euros anuales
    CON MINUSVALÍA IGUAL O SUPERIOR AL 33 %: 581,64 euros anuales
  2. HIJOS MAYORES DE 18 AÑOS:
    CON MINUSVALÍA IGUAL O SUPERIOR AL 65 %: 3.749,16 euros anuales
    CON MINUSVALÍA IGUAL O SUPERIOR AL 75 %: 5.623,80 euros anuales •

Para más información TELÉFONO: 900 16 65 65

Fundamento Legal Ley 42/2006 de 28 diciembre 2006. BOE Núm. 311 de 29 diciembre 2006

 
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